Fase II: “PREPARANDO EL CAMINO”

Parte I:Estructura Nacional, Regional y Mundial
a. Estructura Nacional

 

Tema 3
JUNTA DIRECTIVA
DE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ACJS,
-ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO-


INTRODUCCIÓN

La junta directiva de la federación colombiana de ACJs es el segundo organismo más importante del movimiento nacional, tiene la misión de cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la convención, integrada principalmente por los socios Básicos, así:

La Junta Directiva de la Federación Colombiana de ACJs, esta integrada por los siguientes Representantes:

a. Un delegado de cada ACJ con categoría de Miembro Hábil, el cual deberá ser el Presidente o uno de los Vicepresidentes de la Junta Directiva.
b. Un delegado de cada ACJ con categoría de miembro asociado.
c. Los Directores Generales de las ACJs con categoría de Miembro Hábil y Asociado, y por el Director Ejecutivo de la Federación Colombiana de ACJs.
d. Por un delegado joven de cada ACJ local.
e. El Revisor Fiscal, quien asiste por nombramiento de la Convención.

El quórum se constituye con la mitad mas uno de los Presidentes o suplentes, de cada una de las ACJs que tengan la categoría de Miembro Hábil.
Todos los invitados tendrán voz, pero solo podrán votar los Presidentes o sus suplentes, de cada ACJ con categoría de Miembro Hábil. Las decisiones se tomarán por consenso y cuando sea necesario se hará votación.

Los delegados de las ACJs a la Junta Directiva de la Federación, lo serán como voceros de las ACJs que representan y en caso de que hagan dejación de los cargos por los cuales fueron nombrados, serán sustituidos por quienes asuman tales posiciones en las ACJs respectivas.

Cada una de las ACJs liderará y desarrollará un área de trabajo a nivel nacional (jóvenes, misión, liderazgo, imagen, etc) la cual le será delegada por la Junta Directiva.

La Junta Directiva de la Federación Colombiana de ACJs, se reunirá por lo menos dos veces al año, (una reunión semestral) de acuerdo a como se establece en los reglamentos y previa citación del Presidente o del Director Ejecutivo, con antelación mínima de 15 días.

La Junta Directiva podrá ser convocada con carácter extraordinario en los siguientes casos:

a. Cuando la Convención lo considere conveniente.
b. Cuando lo solicite el Revisor Fiscal.
c. Cuando el Comité Coordinador de la Federación lo considere conveniente.
d. Cuando la mitad más uno de los Representantes legales de las ACJs federadas, se lo soliciten al Comité Coordinador o a la Dirección Ejecutiva.

En tales casos la Junta Directiva se reunirá dentro de los (30) días siguientes de haberse radicado la petición y sólo se tratarán los temas que motivaron la convocatoria.

Los miembros de la Junta Directiva permanecerán en sus cargos hasta la posesión de los entrantes.

La Junta Directiva en su primera reunión elegirá el COMITÉ COORDINADOR para un período de dos años, el cual estará conformado por las personas que asuman como:
-Presidente (1)
-Vicepresidente (1)
-Tesorero (1)
-Secretario (1)


FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN

De los Asuntos Generales de la Federación:

1. Definir las políticas que rigen la Federación.
2. Elegir a los Miembros del Comité Coordinador con base en las políticas y criterios establecidos en el Reglamento.
3. Aprobar los Reglamentos, Normas, Procedimientos de la Federación y velar por su cumplimiento.
4. Constituir comités y comisiones cuando las circunstancias lo exijan.
5. Fijar los parámetros que incidan en su imagen corporativa.
6. Trazar políticas sobre los proyectos que estén a cargo de la Federación.
7. Asesorar los proyectos de atención de emergencias en que este involucrada la Federación.
8. Aprobar y aplicar el sistema de evaluación y seguimiento de los proyectos, programas y presupuestos que prepara y presenta el Director Ejecutivo.

9. Aprobar el presupuesto anual, las estrategias, planes y procedimientos de financiamiento de la Federación.

10. Aprobar los contratos de compra y venta, comodatos, permuta, enajenación de bienes muebles e inmuebles; además fijar la cuantía respectiva.

11. Cumplir, interpretar y hacer cumplir los Estatutos, Reglamentos y decisiones de la Convención.

12. Aprobar los estados financieros de la Federación.

13. Considerar para su aprobación el Balance anual del ejercicio.

En relación con las ACJs

14. Hacer el seguimiento al proceso de surgimiento y desarrollo de nuevos grupos asociacionistas.

15. Aprobar la creación de nuevas ACJs, con base en lo estipulado en los reglamentos.

16. Establecer los criterios mínimos sobre Políticas y Reglamentos de las ACJs locales.

17. Propiciar espacios de comunicación y concertación entre las ACJs y movimientos federados para facilitar el cumplimiento de los objetivos de las ACJs.

18. Definir las gestiones de vigilancia y control que requieren las ACJs locales, para prever circunstancias que pueden conducirlas a situaciones de crisis.

19. Autorizar la utilización del nombre, símbolos, y lemas oficiales, de la ACJ (YMCA) y autorizar el uso de franquicias de programas o servicios de las ACJs a nivel nacional, internacional y/o mundial.

20. Solicitar a las ACJs el cambio de los Delegados que no cumplan con sus deberes y funciones.


21. Sustituir a las Juntas Directivas de las ACJs que entren en crisis y que no cumplan con los estatutos y reglamentos o que por circunstancias particulares necesiten de respaldo legal.

22. Establecer la política financiera, los aportes, cuotas obligatorias y porcentajes que las ACJs afiliadas deben pagar a la Federación, de acuerdo con los reglamentos.

En lo referente a la Convención

26. Definir fechas, lugares y agendas para las reuniones de la Convención.

27. Presentar a la Convención los informes y Balances.

28. Convocar a la Convención.

29. Presentar a la Convención las Propuestas de Reforma de Estatutos.

30. Ejecutar o delegar las tareas que le encomiende la Convención.

Con Relación al Personal

31. Nombrar, supervisar y evaluar al Director Ejecutivo y determinar su remuneración, incrementos y beneficios.
32. Establecer la escala salarial del personal que labora en la Federación.

De los Asuntos Internacionales y Mundiales.

33. Definir políticas sobre Asuntos internacionales y mundiales en consonancia con los lineamientos de la Convención.

a. Aprobar la afiliación y/o desafiliación a organizaciones nacionales e internacionales y mundiales, tanto de la ACJ como fuera de ella.
b. Aprobar la formalización de convenios, relaciones de coparticipación, relaciones bilaterales y multilaterales de la Federación con organizaciones de la ACJ y fuera de ella.

COMITÉ COORDINADOR

El Comité Coordinador de la Federación Colombiana de ACJs es un grupo facilitador y de trabajo, el cual estará integrado oficialmente por los cuatro representantes elegidos como Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero de la Junta Directiva y quien ejerza la Dirección Ejecutiva de la Federación.

En este Comité también podrán participar con voz pero sin voto, el Revisor Fiscal, Lideres Voluntarios (Socios Básicos y Jóvenes), Empleados y/o asesores, dependiendo de los temas a tratar y del sitio donde se desarrolle la reunión.

Las ACJs podrán cambiar sus delegados ante el Comité Coordinador, cuando consideren que estos no están asistiendo ni cumpliendo con sus responsabilidades, o cuando a su criterio no sean las personas indicadas para que los representen, o cuando sus roles no correspondan a los exigidos por los estatutos.

Los Miembros del Comité Coordinador permanecerán en sus cargos por dos años, hasta la posesión de los entrantes.

El Comité Coordinador sesionara como mínimo 6 veces al año, a través de reuniones presenciales, conferencias telefónicas, comunicaciones escritas u otros medios disponibles. En cualquier caso, sus decisiones deben registrarse en las respectivas actas, las cuales serán remitidas a todas las ACJs Miembros. Dentro de las funciones del Comité Coordinador está el desarrollar y asesorar los planes y proyectos de la Federación, así como asesorar al ejecutivo de la Federación sobre asuntos que no sean de competencia de otros organismos.

>> Volver al índice de este módulo

 
Federación Colombiana de ACJs-YMCAs . Calle 33 No.7-51 Of 401 Bogotá Colombia .
Tel 2857111 . e-mail: federacion@ymcacolombia.org